En esta página
  1. Resumen
  2. Usted puede ser el patrocinador en la I-864 si
  3. Qué es la carta de sostenimiento
  4. Las reglas de ingreso: 125%, 100% para militares y bienes
  5. Copatrocinadores y miembros del hogar
  6. Qué promete el patrocinador y cuándo termina
  7. La regla de carga pública desde el 18 de septiembre de 2026
  8. Cómo preparamos la carta de sostenimiento en la frontera
  9. Cómo llevamos la carta de sostenimiento y la revisión de carga pública
  10. Cuánto cuesta y cuánto tarda
  11. Preguntas frecuentes

Resumen

  • La I-864 es el compromiso legal del peticionario de mantener al inmigrante con el 125% del nivel federal de pobreza, o el 100% si es militar activo.
  • El peticionario siempre firma su propia I-864, aunque se agregue un copatrocinador, y debe ser ciudadano o residente de al menos 18 años con domicilio en Estados Unidos.
  • Si el ingreso no alcanza, puede contar bienes por cinco veces la diferencia (tres veces si es cónyuge o hijo de ciudadano) o sumar un copatrocinador.
  • Desde el 18 de septiembre de 2026 una regla de carga pública evalúa al inmigrante; la obligación del patrocinador dura hasta la ciudadanía, 40 trimestres o salida permanente.
Tarifa oficial
$0 USD
Tiempo típico
normalmente 3–10 años
Revisado
19 de octubre de 2026

Usted puede ser el patrocinador en la I-864 si

  • Es el peticionario de la I-130 o la I-129F. El peticionario siempre firma su propia I-864, aunque se agregue un copatrocinador
  • Es ciudadano estadounidense o residente permanente, tiene al menos 18 años y vive en Estados Unidos, o va a establecer su domicilio en Estados Unidos antes de que entre el inmigrante
  • El ingreso de su hogar en su última declaración de impuestos federal es de al menos el 125% del nivel de pobreza para el tamaño de su hogar: usted, sus dependientes, los inmigrantes de esta petición y cualquier persona que patrocinó antes cuya obligación no ha terminado
  • O está en servicio activo en las fuerzas armadas de Estados Unidos y pide a su cónyuge o hijo, en cuyo caso basta el 100% del nivel de pobreza
  • Si el ingreso no alcanza, tiene bienes convertibles en efectivo en un año por cinco veces la diferencia, o tres veces la diferencia si un ciudadano pide a su cónyuge o hijo
  • O tiene un copatrocinador: un ciudadano o residente que cumple el 125% con su propio hogar y acepta la misma obligación legal
  • El inmigrante no está exento. Las exenciones cubren a quien ya tiene 40 trimestres de trabajo, a los hijos que se vuelven ciudadanos automáticamente al entrar y a quienes se autopeticionan por VAWA, que presentan el formulario I-864W

La trampa más común es contar mal el hogar. Cuenta toda persona que declaró como dependiente en sus impuestos, todo inmigrante que patrocinó antes con una I-864 cuya obligación sigue vigente y todo inmigrante de esta petición. Un patrocinador que alcanza para una persona muchas veces no alcanza para una familia de cuatro.

¿Le suena familiar? Solicite una consulta o llame al 888-305-0261.

Qué es la carta de sostenimiento

Casi todo inmigrante por petición familiar necesita una carta de sostenimiento aprobada antes de recibir la residencia. El formulario I-864 es un contrato entre el patrocinador y el gobierno de Estados Unidos, que puede hacer valer el inmigrante y cualquier agencia que después le pague un beneficio público basado en ingresos. El patrocinador promete mantener el ingreso del inmigrante en al menos el 125% del nivel federal de pobreza y reembolsar cualquier beneficio de ese tipo que el inmigrante reciba mientras dure la obligación.

En un ajuste de estatus, la I-864 se presenta junto con la I-485 ante USCIS. En un proceso consular se envía al Centro Nacional de Visas (NVC) con el DS-260, y el oficial en Ciudad Juárez la revisa otra vez en la entrevista. La evidencia es la misma: la última declaración de impuestos federal o la transcripción del IRS, los W-2 o 1099 y talones de pago recientes.

Las reglas de ingreso: 125%, 100% para militares y bienes

El ingreso del hogar del patrocinador debe llegar al 125% del nivel de pobreza para el tamaño de su hogar. Hay una sola excepción: un peticionario en servicio activo en las fuerzas armadas que pide a su propio cónyuge o hijo solo necesita el 100%.

Cuando el ingreso no alcanza, los bienes pueden cubrir la diferencia: cinco veces la diferencia entre el ingreso y la cantidad requerida, o tres veces cuando un ciudadano pide a su cónyuge o a un hijo. Cuentan el efectivo, los ahorros, las acciones y el valor neto de propiedades, siempre que puedan convertirse en efectivo en un año. También cuentan los bienes del propio inmigrante, pero una propiedad en México necesita un avalúo y prueba de propiedad que el consulado acepte.

Copatrocinadores y miembros del hogar

Un copatrocinador (joint sponsor) es otro ciudadano o residente, muchas veces un familiar o amigo, que presenta su propia I-864 y cumple el 125% con su propio hogar más el inmigrante. Los ingresos no se suman; cada carta se evalúa por separado, y se permiten como máximo dos copatrocinadores por familia. Un miembro del hogar que vive con el patrocinador puede en cambio sumar su ingreso con el formulario I-864A.

En nuestros casos de Juárez, con frecuencia el peticionario vive en México con la familia y trabaja cruzando el puente, o no tiene declaraciones de impuestos en Estados Unidos. Eso levanta dos preguntas a la vez: si el peticionario tiene domicilio en Estados Unidos y si hace falta un copatrocinador. Resolvemos las dos antes de que el caso llegue al NVC, porque una carta rechazada le agrega meses al expediente.

Qué promete el patrocinador y cuándo termina

La obligación dura hasta que el inmigrante se hace ciudadano, acumula 40 trimestres de trabajo en el Seguro Social (unos diez años; los trimestres del cónyuge durante el matrimonio cuentan), sale de Estados Unidos de forma permanente, o fallece. La muerte del patrocinador también la termina. El divorcio no: los tribunales la han hecho valer contra exesposos años después del divorcio. USCIS no cobra por el formulario; el Centro Nacional de Visas cobra $120 USD por caso por revisarlo.

La regla de carga pública desde el 18 de septiembre de 2026

La I-864 pregunta si alguien va a mantener al inmigrante; el motivo de inadmisibilidad por carga pública, sección 212(a)(4), pregunta si es probable que el inmigrante dependa del gobierno. El 20 de julio de 2026 el DHS publicó una regla final que eliminó la regla de carga pública de 2022, con efecto a partir del 18 de septiembre de 2026. Bajo el Manual de Políticas de USCIS, Volumen 8, Parte G, los oficiales ahora evalúan la totalidad de las circunstancias del solicitante: edad, salud, situación familiar, bienes y recursos, educación y habilidades, y la carta de sostenimiento. Pueden considerar todos los beneficios basados en ingresos que el solicitante recibió, incluidos los que no son en efectivo y que la regla de 2022 en gran parte excluía.

La regla aplica a las I-485 enviadas por correo o en línea a partir del 18 de septiembre de 2026; las anteriores siguen bajo la regla de 2022. Se exige una nueva edición del formulario I-485, con fecha 09/18/26, sin periodo de gracia. El formulario I-944, la Declaración de Autosuficiencia de la regla de 2019, no está en uso; las preguntas de carga pública están integradas en la nueva I-485. Qué beneficios cuentan, y si cuentan los que usaron otros miembros del hogar, lo revisamos caso por caso contra el capítulo del Manual de Políticas, que ha cambiado dos veces desde agosto de 2026.

Cómo preparamos la carta de sostenimiento en la frontera

Empezamos por el historial de impuestos del patrocinador, porque muchos peticionarios de la frontera declaran con ITIN, tienen ingresos en efectivo o declararon como dependientes a familiares en México, y cada una de esas cosas cambia el cálculo. Decidimos si hace falta un copatrocinador antes de que el NVC lo pida, revisamos los factores de carga pública del solicitante bajo el capítulo vigente y preparamos al patrocinador para las preguntas de ingreso que hace el oficial en Juárez.

Cómo llevamos la carta de sostenimiento y la revisión de carga pública

  1. Análisis del hogar y del ingreso

    Contamos el hogar correctamente, obtenemos las transcripciones de impuestos y el ingreso actual del patrocinador y los comparamos con el nivel de pobreza vigente, aplicando la regla del 100% para militares cuando corresponde.

  2. Copatrocinador o bienes

    Si el ingreso no alcanza, identificamos un copatrocinador o valuamos bienes, y explicamos el contrato a quien va a firmar antes de que se comprometa.

  3. Revisión de carga pública

    Revisamos la edad, la salud, el historial de beneficios, la educación y el trabajo del solicitante contra el capítulo del Manual de Políticas vigente en la fecha de presentación.

  4. Preparación de los formularios

    Llenamos la I-864, cualquier I-864A o I-864 de copatrocinador, y la edición 09/18/26 de la I-485 o el DS-260, con la evidencia de impuestos e ingreso.

  5. Presentación ante USCIS o el NVC

    Presentamos con la I-485, o subimos los documentos al NVC y pagamos la tarifa de revisión de $120 USD, y respondemos cualquier lista de pendientes o solicitud de evidencia dentro del plazo.

  6. Entrevista y después

    Preparamos al patrocinador y al solicitante para las preguntas de ingreso en la entrevista de USCIS o de Juárez, y agendamos cuándo se espera que termine la obligación del patrocinador.

Cuánto cuesta y cuánto tarda

Tarifas del gobierno y tiempos de procesamiento publicados al 19 de octubre de 2026. Los verificamos cada trimestre.

Tarifas del gobierno relacionadas con la I-864
Formulario I-864 presentado ante USCIS (ajuste de estatus)$0 USD
Tarifa de revisión de la carta de sostenimiento (casos consulares)Se paga al Centro Nacional de Visas, por caso$120 USD
Petición I-130$675 USD en papel / $625 USD en línea
Formulario I-485 de ajuste de estatusSe exige la edición 09/18/26$1,440 USD en papel / $1,390 USD en línea
Solicitud de visa de inmigrante (DS-260)Casos consulares, se paga al NVC$325 USD
Honorarios del abogadoSe platica en la consulta

Las tarifas de USCIS son las del calendario de tarifas vigente en la fecha de revisión.

Tiempos de la carta de sostenimiento y de la obligación del patrocinador
Reunir transcripciones de impuestos, W-2 y prueba de ingreso1–3 semanas
Revisión de la carta en el NVC (casos consulares)En la fecha de revisión el NVC revisaba documentos enviados unas 10 semanas antesunas 10 semanas
Revisión de USCIS junto con la I-485 (ajuste de estatus)El 80% de las I-485 familiares se resolvió en 13.5 meses en Dallas y 18 meses en Houston13.5–18 meses
Obligación del patrocinador después de la residenciahasta la ciudadanía, 40 trimestres de trabajo, fallecimiento o salida permanente
Total, de la firma al fin de la obligaciónnormalmente 3–10 años

Los rangos reflejan los tiempos publicados por USCIS y el NVC en la fecha de revisión; la obligación depende de cuándo el inmigrante se naturaliza o llega a 40 trimestres.

Las tarifas del gobierno las fijan USCIS y el Departamento de Estado y cambian sin previo aviso; las cifras aquí son las publicadas en la fecha de revisión. Los honorarios del abogado se cotizan después de una consulta y dependen de los hechos del caso. Los tiempos de procesamiento son estimaciones de la agencia, no garantías.

Preguntas frecuentes

¿Cuánto tengo que ganar para pedir a mi esposa o esposo en 2026?

Al menos el 125% del nivel federal de pobreza para el tamaño de su hogar, contando a usted, sus dependientes y su cónyuge. Los militares en servicio activo que piden a su cónyuge o hijo solo necesitan el 100%. USCIS publica las cantidades cada año en el formulario I-864P, y lo que cuenta es el ingreso total de su última declaración de impuestos federal.

¿La carta de sostenimiento tiene costo?

En USCIS no. En un proceso consular, el Centro Nacional de Visas cobra $120 USD por la revisión de la carta de sostenimiento, por caso, que se paga en línea junto con los $325 USD del DS-260. La carta del copatrocinador y el formulario I-864A no tienen tarifa.

¿Qué pasa si no gano lo suficiente para pedir a mi familiar?

Tiene tres opciones: contar bienes por cinco veces la diferencia (tres veces si es cónyuge o hijo de ciudadano), sumar el ingreso de un miembro del hogar con el formulario I-864A, o conseguir un copatrocinador que cumpla el 125% por su cuenta. Usted sigue firmando su propia I-864 como peticionario.

¿Quién puede ser copatrocinador?

Cualquier ciudadano o residente permanente de al menos 18 años que viva en Estados Unidos y tenga un ingreso familiar de al menos el 125% del nivel de pobreza para su propio hogar más el inmigrante. No tiene que ser familiar de ninguno de los dos, pero asume la misma obligación legal que el peticionario.

¿Puedo usar el ingreso de mi trabajo en México en la I-864?

Normalmente no, a menos que ese ingreso vaya a continuar de la misma fuente después de mudarse a Estados Unidos. La carta pide el ingreso que va a mantener al inmigrante en Estados Unidos, así que los peticionarios de la frontera que trabajan en México casi siempre necesitan un copatrocinador o bienes suficientes.

¿Tengo que declarar impuestos para pedir a alguien?

Sí, si estaba obligado a declarar. La I-864 exige su última declaración de impuestos federal o una explicación de por qué no tenía que declarar. Quien no ha declarado tiene que ponerse al corriente, con un ITIN si es necesario, antes de enviar la carta.

¿Cuándo termina mi obligación con la carta de sostenimiento?

Cuando el inmigrante se hace ciudadano, acumula 40 trimestres de trabajo en el Seguro Social (unos diez años), sale de Estados Unidos de forma permanente y renuncia a la residencia, o fallece. Su propio fallecimiento también la termina. El divorcio no.

¿Cuál es la regla de carga pública en 2026?

Una regla final del DHS vigente desde el 18 de septiembre de 2026 eliminó la regla de 2022. USCIS ahora evalúa la totalidad de las circunstancias, incluidas la edad, la salud, la situación familiar, las finanzas, la educación y la carta de sostenimiento, y puede considerar cualquier beneficio basado en ingresos que el solicitante recibió, incluidos los que no son en efectivo. Aplica a las I-485 presentadas a partir del 18 de septiembre de 2026.

¿Tengo que presentar el formulario I-944?

No. El formulario I-944, la Declaración de Autosuficiencia, se retiró en 2021 y la regla de 2026 no lo regresó. Las preguntas de carga pública están integradas en la edición 09/18/26 del formulario I-485, que hoy es la única edición que USCIS acepta.

¿Usar Medicaid o estampillas (SNAP) afecta mi residencia?

Puede pesar en la decisión. Bajo la regla vigente desde el 18 de septiembre de 2026, los oficiales pueden considerar los beneficios basados en ingresos que el solicitante recibió, incluidos los que no son en efectivo, como un factor dentro de la totalidad de las circunstancias. El peso depende de qué beneficios, por cuánto tiempo y del resto de su situación, así que pida una revisión de su caso antes de presentar.

¿La regla de carga pública aplica en el consulado de Juárez?

Sí. La carga pública es un motivo de inadmisibilidad que los oficiales consulares también aplican, y el Departamento de Estado suspendió las entrevistas de visa de inmigrante a finales de agosto de 2026 para capacitar a los oficiales en el nuevo estándar. En la entrevista se revisan la I-864, los impuestos del patrocinador y las finanzas del propio solicitante.

Cada caso es distinto: estas respuestas son información general, no asesoría legal sobre su situación. Para asesoría sobre su caso, llame al 888-305-0261 o solicite una consulta.